El abogado Fernando Ruas Guimarães fue absuelto en el proceso que terminó con la condena de la influenciadora Aline Bardy Dutra, conocida como Esquerdogata, por desacato tras un incidente con policías militares en un bar de Ribeirão Preto, en 2022.
Las sentencias de primera y segunda instancias subrayan que solo la influenciadora fue condenada. En un inicio, esta columna informó erróneamente que el abogado también había sido condenado, pero el texto fue corregido posteriormente.
El suceso tuvo lugar cuando Aline, en evidente estado de embriaguez, pegó un adhesivo con la imagen del entonces candidato a la presidencia Luiz Inácio Lula da Silva en una patrulla de la Policía Militar. De acuerdo con la denuncia del Ministerio Público de São Paulo (MPSP), durante la intervención policial, tanto Aline como Fernando Ruas Guimarães habrían agredido a los agentes con “puñetazos, arañazos y patadas”. La defensa de la influenciadora alegó por su parte que la actuación de los policías fue excesivamente agresiva, que la arrastraron fuera del establecimiento y que profirieron insultos contra ella.
En la sentencia del 19 de febrero de este año, la jueza Lúcia Alberto Enéas da Silva Ferreira, titular de la 4ª Vara Criminal del Foro de Ribeirão Preto, condenó a Aline por los delitos de desacato y desobediencia, imponiéndole una pena de 30 días-multa, y la absolvió de los cargos de resistencia y de lesión corporal leve. El proceso contra ella se encuentra actualmente en fase de apelación.
Por su parte, el abogado Fernando Ruas Guimarães fue absuelto de todas las acusaciones en ambas instancias. En noviembre del año pasado, el Tribunal de Justicia de São Paulo (TJSP) confirmó la absolución de Ruas Guimarães y, en relación con la influenciadora, revocó la condena por desobediencia, manteniendo únicamente la sanción por desacato.
Según el artículo 331 del Código Penal brasileño, el desacato consiste en ofender o faltar al respeto a un funcionario público en el ejercicio de sus funciones, conducta tipificada con pena de seis meses a dos años de prisión o multa. La figura de la “días-multa” corresponde a una sanción pecuniaria que calcula el importe de la multa según el número de días y los ingresos del condenado.
El delito de desobediencia, tipificado en el artículo 330 del mismo Código, sanciona a quien no cumpla una orden legítima de autoridad pública. En este caso, el tribunal entendió que Aline incumplió la instrucción de identificarse ante los agentes, y que su actitud violenta y las expresiones empleadas en presencia de testigos agravaron su comportamiento.
La decisión de la segunda instancia, emitida por el TJSP, refuerza la distinción entre la actuación del abogado defensor y la de la influenciadora. Mientras se consideró que no hubo pruebas suficientes para imputar a Fernando Ruas Guimarães los actos de agresión o desacato, el tribunal mantuvo la responsabilidad de Esquerdogata por pronunciar insultos directos contra los policías, calificándolos de “policías de mierda” durante el altercado.
Este caso pone de relieve la delimitación de la protección legal que ampara a los funcionarios públicos en Brasil y la importancia de distinguir responsabilidades penales en situaciones de altercados públicos. Al mismo tiempo, evidencia las diferentes etapas del proceso judicial: instrucción, sentencia de primera instancia, y revisión en segunda instancia, fase en la que se examinan exhaustivamente las pruebas y se corrigen posibles errores.


